Cómo colegiarse
Colegiación online
Puedes realizar la colegiación de manera online haciendo clic en este enlace (ENLACE PARA WEB PUBLICADA)
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¿Por qué colegiarse?
La ley de Colegios Profesionales 2/1974, de 13 de febrero, modificada por la ley 25/2009, de 22 de diciembre, (ley ómnibus), establece en su artículo 5, que «es requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones colegiadas hallarse incorporado al Colegio correspondiente, lo que determina la obligación de colegiarse es el ejercicio profesional…».
Así mismo, el artículo 4, de la ley 11/2001, de 18 de junio, de Creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Aragón, establece que «La previa incorporación al Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Aragón será requisito necesario para el ejercicio de esta profesión en la Comunidad Autónoma de Aragón, sin perjuicio de lo establecido en la legislación de Colegios Profesionales de Aragón y en la legislación básica estatal.»
Ventajas de la Colegiación
Además de ser de carácter obligatorio para el ejercicio profesional en la Comunidad de Aragón; la colegiación ofrece al terapeuta ocupacional una serie de beneficios para aquellos que no están ejerciendo la profesión en la actualidad, desde el punto de vista informativo, así como de ayuda y de interés, en una etapa transitoria hasta encontrar un puesto laboral, ofreciendo orientación y asesoramiento
La gran ventaja que podemos ofrecer es la posibilidad de fortalecer nuestro colectivo, porque cuanto más numeroso sea, mayor representación podrá tener, además de disponer de más recursos.
Ventajas más importantes que tienes por estar colegiada/o en COPTOA:
Para más información acerca de estos servicios, ponte en contacto con la secretaría del COPTOA
Proceso de colegiación
Alta de colegiación
El alta de colegiación consiste en el trámite obligatorio necesario para el ejercicio de la Terapia Ocupacional en Aragón
El alta de colegiación puede realizarse:
Documentación necesaria para la colegiación:
Si modificas o cambias alguno de tus datos de colegiación, deberás remitirnos al Colegio, el siguiente documento correctamente rellenado y firmado. Documento Variación de Datos.
Información forma de pago y cuotas para el 2020:
Fórmulas de pago: (*debes indicar que forma de pago eliges en el documento «cupón de domiciliación bancaria»)
Proceso de baja
Baja de colegiación
Para darse de Baja del COPTOA, debes enviar, por mail (a coptoa@hotmail.com), o por correo postal (a C/ ROSALIA DE CASTRO Nº 19 LOCAL 50018 ZARAGOZA), los documentos que se indican a continuación:
Manifiesto de no ejercicio de la profesión,
Fotocopia de la vida laboral actualizada.La vida laboral es un documento que se puede solicitar via online en: https://w6.seg-social.es/SSC/SwscSeControlador?opcion=1
Carnet colegial (que se entregó en el momento de la colegiación)
*Para el caso de autónomos, se debería presentar la baja censal ante la agencia tributaria y la baja de autónomo en la seguridad social.
Proceso de traslado
Traslado Expediente
Instrucciones para el traslado de expediente a otro Colegio Profesional según protocolo autorizado de traslado de expedientes aprobado por el Consejo General de Colegios de TO. https://consejoterapiaocupacional.org/wp-content/uploads/2020/11/PROTOCOLO-DE-AUTORIZACION-DE-TRASLADO-DE-EXPEDIENTE-CGCTO.pdf.
I.- CUMPLIMENTAR FORMULARIO. FORMULARIO-DE-AUTORIZACION-DE-TRASLADO-DE-EXPEDIENTE-CGCTO.pdf
o Se puede remitir directamente por el colegiado el formulario de traslado de expediente de colegiación y documentación anexa.
o Se puede solicitar que lo remita el Colegio de procedencia al Colegio de destino, con la documentación anexa.
Marcar la opción elegida.
II.- DOCUMENTACIÓN.-
Se debe solicitar al Colegio de procedencia la siguiente documentación:
- Certificado colegiación, de estar libre de cargas y Habilitación profesional.
- Firmar documento de declaración jurada para la solicitud de traslado de expediente. declaracion jurada traslado COPTOA.pdf
Los datos personales y cuenta bancaria lo deberán aportar el colegiado que solicite el traslado de expediente al Colegio de destino.
No se abonará la cuota de inscripción en el Colegio de destino.
III.- PROCEDIMIENTO.-
1º. -En caso de que el colegiado/a decida realizar personalmente el trámite con el Colegio de destino, se le entregará la documentación preceptiva presencialmente o por correo postal o mail, por el Colegio de procedencia, en el plazo máximo de una semana desde el momento en que se curse la petición de traslado.
El colegiado deberá abonar la parte proporcional de la cuota colegial del cuatrimestre en curso en el momento de la solicitud de traslado de expediente.
2º.- En caso de que el colegiado solicite al Colegio de procedencia que realice el trámite con el Colegio de destino, deberá solicitarlo por escrito y firmar el formulario de
traslado de expediente, solicitando la documentación necesaria para realizar dicho traslado.
En el momento que se tenga cumplimentada la documentación, el Colegio procedencia remitirá por email y/o por correo postal al Colegio de destino la solicitud con la preceptiva documentación en el plazo de una semana.